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¿¿
Que es la inspección Técnica de Edificios ( I. T. E. ) ?
¿Qué es la
ITE?
Las siglas
I.T.E. significan “Inspección Técnica del Edificio”. Es un
reconocimiento obligatorio para edificios de más de 30 años de
antigüedad, que se lleva a cabo una vez cada 10 años.
¿Qué
edificios están obligados a pasar la ITE?
Todos los
edificios que pertenecen al municipio de Madrid están obligados
a pasar esta inspección, ya sean edificios de viviendas,
industriales, oficinas, comerciales, almacenes, etc.
¿Cuándo debe
de pasar un edificio la ITE?
Un edificio
debe de pasar la ITE cuando se cumplan 30 años de su
construcción, y después de esta primera inspección, cada 10
años. Así pues:
Los edificios
construidos entre 1953 y 1958, durante el año 2004.
Los edificios construidos entre 1959 y 1961, durante el año
2005.
Los edificios construidos entre 1962 y 1965, durante el año
2006.
Los edificios construidos entre 1966 y 1969, durante el año
2007.
Los edificios construidos entre 1970 y 1974, durante el año
2008.
Los edificios construidos entre 1975 y 1979, durante el año
2009.
Los edificios construidos en 1980, durante el año 2010.
Durante el año 2011 y siguientes, estarán obligados a efectuar
la primera inspección técnica dentro del año siguiente a aquel
en que cumplan 30 años desde la fecha de terminación.
¿Qué partes
del edificio se inspeccionan?
Se
inspeccionan 4 apartados: fachadas, cubiertas, estructura y
redes de saneamiento y fontanería.
¿Qué pasa si
la ITE es favorable?
En el caso de
que, a juicio del arquitecto que firme el informe, el edificio
se encuentre en buenas condiciones, el resultado de la ITE será
favorable y los propietarios no estarán obligados a hacer obras.
El expediente será archivado por el Ayuntamiento hasta la
siguiente inspección, dentro de 10 años.
¿Qué pasa si
la ITE es desfavorable?
Si la ITE es
desfavorable, entonces se refleja como tal en el informe, se
describen las lesiones encontradas, su gravedad y su solución, y
se establece un plazo aproximado para llevar a cabo las obras de
reparación del edificio.
¿Cuánto
tiempo se tarda en todo el proceso?
La duración
total del proceso es de unas 3 semanas:
Desde el momento en el que el propietario acepta nuestro
presupuesto, fijamos la fecha de la inspección, que suele ser
para la semana siguiente a la aceptación.
La duración de la inspección es aproximadamente de entre 1 y 3
horas, dependiendo del tamaño del edificio y de la gravedad de
las lesiones encontradas.
Tras la inspección, el informe está redactado y visado por el
Colegio de Arquitectos en aproximadamente 7 a 10 días, momento
en el cuál avisamos a la propiedad para que acuda a nuestra
oficina para firmarlo y abonarlo.
Tras esto, lo presentamos en el ayuntamiento y les enviamos una
copia sellada por correo.
¿Es necesario
hacer las obras antes de que acabe el año?
No.
Si el Ayuntamiento les ha requerido que hagan la inspección en
un año concreto, la obligación es de presentar el acta de
inspección antes del 31 de diciembre de ese año. Es posible que
las obras se lleven a cabo durante el año siguiente, sin
penalización. |